Jubilación progresiva: ¿lo sabes? Ce dispositif permet de lever le pied en douceur, en offrant à ceux qui le souhaitent la possibilité de terminer leur carrière à temps partiel et de commencer à percevoir – en plus de leur salaire – une partie de leurs pensions de retraite afin de compenser le manque a ganar. Cuando dejen de trabajar definitivamente, se recalculará el monto de su pensión para tener en cuenta los derechos adicionales —cuartos y puntos— que adquirieron durante su carrera a tiempo parcial.

Las condiciones de acceso a la jubilación progresiva no son muy restrictivas. Basta con tener al menos 60 años, justificar 150 trimestres de seguro y trabajar entre el 40% y el 80% de la jornada completa. Pero no es necesario reducir efectivamente su tiempo de trabajo. Los empleados “ya” a tiempo parcial pueden beneficiarse de él en las mismas condiciones que los demás, sin estar obligados a reducir más su cuota de trabajo.

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Muy atractiva, la jubilación gradual está luchando por despegar. Al 31 de diciembre de 2020, solo 23.000 personas aseguradas bajo el régimen general se beneficiaron de este sistema. Se adelantan varias explicaciones para justificar esta falta de entusiasmo, entre ellas justificar la falta de información, la imposibilidad de tener una evaluación del monto de la jubilación progresiva antes de comprometerse con ella, a menos que se consuman servicios a cargo de un experto. » jubilado «

recuperación gradual

Para tener en cuenta el aumento de la edad legal de jubilación a los 64 años, la ley de reforma de las pensiones prevé desplazar en dos años la edad a la que se podrá optar por la jubilación escalonada. Para las generaciones próximas a la edad de jubilación, este aumento deberá realizarse de forma gradual, al mismo ritmo que el aumento de la edad de jubilación a razón de tres meses más por generación: es decir, 60 años y 3 meses para los asegurados nacidos entre el 1 de septiembre de 1961 y 31 de diciembre de 1961; 60 años y 6 meses para los nacidos en 1962, 60 años y 9 meses para los nacidos en 1963 y así sucesivamente hasta llegar a los 62 años para los asegurados nacidos a partir de 1968. Se mantienen las demás condiciones de acceso a la jubilación progresiva.

Sin embargo, se planean algunas mejoras menores, que incluyen «un especial esfuerzo por informar», la posibilidad de trabajar menos de veinticuatro horas a la semana y la extensión del sistema a los regímenes de servicio civil y profesiones liberales, incluido el régimen de abogados.

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