ICuando una persona muere en un accidente de avión fuera de Francia, su familia puede temer ser mal compensada por sus daños económicos y también morales, como muestra el siguiente caso.

El 3 de junio de 2012, una mujer francesa, MA mí X, muere en un accidente de avión en Nigeria, donde trabajaba temporalmente. Su familia, que vive en Haute-Garonne, está demandando a la aerolínea nigeriana, Dana Air, ante el tribunal de gran instancia de Toulouse, para obtener una compensación por sus daños.

Por desgracia, el tribunal dictamina que, en los términos de la normativa europea vigente (Roma Ipara la acción sucesoria de reparación de los daños sufridos por el pasajero, de carácter contractual, y Roma II para la propia acción de los titulares de derechos, de carácter no contractual), está obligado a aplicar la ley de Nigeria. Sin embargo, esta ex colonia británica excluye la indemnización por daño moral. Y no tiene regla jurídica para medir el daño económico, que es evaluado por los jueces caso por caso.

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Ni el Sr. X ni sus hijos son indemnizados por su sufrimiento psicológico. En concepto de perjuicio económico, el viudo sólo tiene derecho a 342.613 euros, cantidad calculada sin referencia a regla legal alguna, por un consultor nigeriano que paga la empresa, y cuyos jueces de Toulouse precisan que tiene valor jurídico, lo que deplora el abogado de X, Mmi Marcos Friburgo.

“Los jueces podrían haber ejercido su poder soberano de evaluación y otorgar una suma mayor, lo que no habría estado prohibido por la ley nigeriana, ya que esta última no contempla nada y deja a los jueces el poder de evaluar caso por caso. base las situaciones presentadas”le indica a Mundo.

Reparación integral

Intenta que se anule la ley nigeriana, argumentando que el principio de “compensación total por daños y perjuicios”, concedido en Francia a las víctimas de accidentes, sería un principio fundamental del derecho. El Tribunal de Apelación de Toulouse juzga que este no es el caso, ya que muchos actores económicos se apartan de él. El Tribunal de Casación validó este razonamiento, el 1oh marzo (2023, 21-22.015).

Afortunadamente para la X, Mmi Fribourg emprendió otra acción, de carácter penal, que permitió indemnizarlos correctamente: en febrero de 2015 presentó una denuncia, en Toulouse, contra el capitán del avión que, según la oficina de investigación nigeriana, cometió varias faltas que tenían como chocar. El 4 de diciembre de 2019, una orden de despido determina que este piloto es culpable de homicidio involuntario, pero que no puede ser procesado, debido a su muerte.

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